El proceso de modificación de la Ley 39/2007 está muy avanzado. Si bien en líneas generales no termina de responder a todas las demandas de los militares, sí que parece que, por fin, se va a modificar el Art. 118 y el Art. 10.2 j) de la Ley 8/2006 de Tropa y Marinería, de tristes consecuencias para muchos militares. Así, se está planteando la modificación de estas disposiciones legales a los efectos de que en caso de que haya una condena por delito doloso se estaría a las circunstancias concurrentes, sin que sea factible la resolución automática. De este modo, será necesario expediente administrativo y se «podrá» rescindir el contrato «atendiendo a la entidad del delito y la pena que conlleva». Una modificación que a muchos soldados que han visto rescindido sus contratos de manera desproporcionada, les llega tarde.
2 Responses to “Modificación Ley de carrera militar”
Me gustaria saber si es con caracter retroactivo ya que fui expulsado en mayo del 2014 y estoy aun pleitando con el conte sioso aministrativo de madrid
Desgraciadamente no tiene efectos retroactivos. Las modificaciones que se hagan de la Ley de Carrera Militar afectará a las situaciones que surjan a partir de su entrada en vigor.